Comenzar una vida en pareja implica tomar muchas decisiones importantes, y una de ellas tiene que ver con el patrimonio. Sin embargo, muchas veces se deja en segundo plano la opción de firmar capitulaciones matrimoniales. Esta falta de previsión puede traer complicaciones en el futuro que, con un paso sencillo en notaría, se pueden evitar.
¿Qué pasa si no firmo capitulaciones matrimoniales?
En España, si no se pacta nada distinto, el matrimonio se rige por el régimen de gananciales (salvo en algunas comunidades donde la norma es la separación de bienes). Esto significa que los bienes y deudas generados durante el matrimonio serán comunes.
El problema aparece cuando una pareja no es consciente de ello hasta que surgen situaciones como una herencia, la venta de un inmueble o incluso un divorcio.
Errores más frecuentes
Creer que no es necesario
Muchos piensan que las capitulaciones solo son para patrimonios elevados. La realidad es que cualquier pareja puede beneficiarse de la claridad que aportan.
Olvidar que se pueden firmar después de casarse
Otro error común es pensar que las capitulaciones solo pueden hacerse antes del matrimonio. También pueden pactarse durante el mismo, siempre ante notario.
No valorar la situación personal
Cada pareja tiene circunstancias distintas: un negocio propio, bienes heredados o diferentes niveles de ingresos. No tener en cuenta estos factores puede generar conflictos más adelante.
Documentación necesaria para firmar capitulaciones matrimoniales
Para evitar estos problemas la clave está en firmar capitulaciones matrimoniales ante notario, donde usted recibirá asesoramiento imparcial y la tranquilidad de que todo quede claro y por escrito. Para poder firmar capitulaciones matrimoniales en notaría, será necesario aportar:
- DNI o pasaporte en vigor de ambos cónyuges o futuros cónyuges.
- Libro de familia, si el matrimonio ya está celebrado.
- Certificado de empadronamiento (en algunos casos puede solicitarse).
- Título de propiedad o documentación de los bienes que deseen incluir de forma específica en el acuerdo.
- Escrituras de poder, si alguno de los cónyuges actúa mediante representante.
Es importante recordar que este trámite requiere la presencia de ambos cónyuges en la notaría, ya que las capitulaciones son un acuerdo bilateral que debe ser aceptado por los dos.
En Notaría Nebrija podemos asesorarle para preparar la escritura, resolver sus dudas y guiarle en cada paso para que el proceso sea claro y rápido. Contacte con nosotros.